martes, 8 de abril de 2008

Los artículos olvidados o violados de la consitutición Española de 1978

Curiosamente, son todos aquellos artículos que hablan de las zonas de España que no son ciudades (donde no viven nuestros ciudadanos "representantes"), de sus derechos y de la obligación de los políticos de tratar de igualar el nivel de vida de todos los españoles.


Preámbulo
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus
culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

Desde luego, invadir otros pueblos no se puede considerar reforzar relaciones pacíficas, ni cooperación entre pueblos.


Artículo 63
1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.
3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.

El anterior "presidente del gobierno" y actual se olvidadaron de este artículo, y declararon la guerra e hicieron la paz por cuenta propia.


Artículo 103
1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.

Esto parece que no ocurre todavía:

  • Eficacia, que escriba quien no haya sufrido la eficacia de los funcionarios
  • Jerarquía, sólo entendida en los cargos y sueldos.
  • Descentralización, no hay mucha (alguna que otra oficina en las capitales de provincia
  • Desconcentración, el gran olvidado.
  • Coordinación, mucha no hay entre distintos departamentos de un mismo centro de la administración, entre distintos centros de la administración, esta es mínima.


Artículo 130
1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.
2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.

Como dice el propio MAPA (http://www.mapa.es/es/desarrollo/desarrollo.htm)
En los últimos 40 años la población de municipios españoles de menos de 10.000 habitantes ha pasado de ser el 57% de la población española a tan solo un 23% , mientras que la superficie de las zonas rurales abarca más del 80'2% de la superficie total.


Artículo 131
1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.
2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean
suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se
constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.

Desde luego, la forma actual de asignar más parte de los impuestos a las poblaciones que más habitantes tienen no va a ayudar a redistribuir la riqueza, sino más bien a agruparla.
La forma de conseguir los objetivos de armonizar es, siempre, dar más presupuestos de infraestructuras a las poblaciones que menos habitantes tienen para que se puedan igualar con las que tienen más habitantes.


Artículo 138
1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.


Teruel también existe.


Artículo 139
1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.

Este está siendo violado por AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea), dependiente
del ministerio de fomento, ya que obstaculiza la libre circulación de líquidos en el territorio español.

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