http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/17/pdfs/A47165-47170.pdf
http://www.mtas.es/Publica/estatuto06/estatuto.htm
en el que se recoge el derecho de casi todos los trabajadores a recibir el salario por el trabajo realizado en un plazo máximo de un mes, a pedir un anticipo cuando esto no sea posible, y a recibir un 10% más de salario cuando se produzca un retraso en el pago.
Todavía menos saben que todavía hay profesores de colegios concertados en España que aún no han recibido su salario de Septiembre. ¡¡Sí, como lo leen!!. Los casos que yo conozco son de Toledo, los que siguen esperando que la consejería de Educación de la Junta de Castilla y la Mancha les pague.
El retraso "normal" en esta provincia es de un mes, es decir, empezar a trabajar en Septiembre, y cobrar a finales de Octubre. Pues hay profesores que empezaron a trabajar en Septiembre, y a finales de Noviembre siguen sin recibir ni un euro, ni el colegio les ha concedido un crédito monetario, ni mucho menos la consejería.
Así pues, propongo a los señores que permiten que estas cosas pasen en este siglo, que cambien la ley de educación para regular estos casos, más concretamente:
- Quién debe conceder créditos monetarios en estos casos:
- Recalcar en esta ley la obligación de pagar puntualmente a los profesores, y quién va a pagar ese 10% porque así no ocurra :¿el colegio o el organismo público?
que el dinero fluyera a tiempo.
Un saludo a todos.
Actualización: Por fín, en Diciembre ya han cobrado todos los profesores.